Cártel de coches: cuánto se está indemnizando y qué obstáculo queda
· revisado el 23 de agosto de 2026
Durante años, la reclamación por el cártel de coches fue una promesa incierta: había una sanción de la CNMC, confirmada por el Tribunal Supremo en 2021, pero no había criterio sobre cuánto tenía que devolver la marca a cada comprador. Los juzgados resolvían de forma dispar y muchos compradores esperaban.
Lo que ha destrabado el asunto viene de otro cártel. En junio de 2023 la Sala Primera del Tribunal Supremo dictó quince sentencias sobre el cártel de camiones y fijó un criterio: mientras no se acredite un daño mayor o menor, se estima el sobreprecio en el 5 % del precio de compra. Esa doctrina es la que los juzgados vienen aplicando por analogía a los coches.
Conviene ser preciso con esto, porque se lee mucho lo contrario: el Supremo no ha fijado un 10 % para el cártel de coches. El 5 % es un suelo, no un techo. En los asuntos de coches los peritajes vienen situando el sobreprecio por encima de esa cifra, y hay sentencias de juzgados de lo mercantil que lo han elevado bastante — pero eso se acredita caso a caso, con informe pericial, y no viene dado.
Qué se acreditó exactamente
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sancionó en julio de 2015 a las principales marcas de automóviles que operaban en España. Lo que se acreditó no fue un pacto explícito de precios, sino algo más sutil y igual de dañino: un intercambio sistemático de información comercial sensible entre competidores —descuentos previstos, márgenes de concesionario, campañas comerciales— mantenido entre febrero de 2006 y agosto de 2013.
Cuando los competidores saben de antemano lo que va a hacer el resto, dejan de competir en precio. No hace falta un acuerdo firmado para que el efecto sea el mismo.
Qué necesitas para reclamar
- Prueba de la compra: factura, contrato de financiación o permiso de circulación.
- Que el vehículo se comprara nuevo dentro del periodo sancionado.
- Que la marca esté entre las sancionadas — en la práctica, casi todas las que se vendían aquí.
No importa que ya hayas vendido el coche, que lo hayas achatarrado o que lo compraras financiado. Lo que se reclama es el sobreprecio que pagaste en aquel momento, y ese derecho es tuyo con independencia de dónde esté hoy el vehículo.
El obstáculo real: la prescripción
Conviene decirlo sin rodeos, porque es donde se juega la partida. La discusión viva en estos procedimientos no es si hubo cártel: eso está acreditado y confirmado. Es desde cuándo cuenta el plazo para reclamar.
Las marcas defienden que el plazo empezó a correr con la publicación de la sanción. Los compradores, que no pudo empezar antes de que fuera razonablemente posible conocer el daño y a su responsable. Es lo primero que se revisa al estudiar un caso concreto, y depende de la fecha exacta de compra.
Qué esperar del procedimiento
Estas reclamaciones se resuelven por vía judicial: las marcas no están pagando extrajudicialmente, de modo que una carta de reclamación no cierra esto. Dicho esto, no tienes que asistir a nada: te representa el abogado del despacho colaborador y el procedimiento sigue su curso.
Si quieres una idea del orden de magnitud antes de hablar con nadie, la calculadora del cártel de coches trabaja con esa horquilla del 5 % al 10 % y te dice de dónde sale cada extremo.
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