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reclaman.es

Hipoteca IRPH

Tu hipoteca va con IRPH y no con Euríbor.

Es la diferencia entre dos índices aplicada a veinte o treinta años de cuotas. Suele ser la reclamación de mayor importe de todas.

Calcula lo que llevas pagado de más

Nada de lo que escribas aquí se envía a ninguna parte hasta que tú lo decidas: el importe se calcula en tu propio navegador.

El capital inicial del préstamo, no lo que queda por pagar.

Desde la firma hasta hoy, o hasta que cambiaste de índice o cancelaste.

Introduce tus datos arriba para ver una estimación.

Que lo revise un abogado

El IRPH es un índice de referencia hipotecario que se ha situado de forma sistemática entre uno y tres puntos por encima del Euríbor. Sobre una hipoteca a veinticinco años, ese diferencial no es un matiz: son decenas de miles de euros de más a lo largo de la vida del préstamo.

El problema jurídico no es que el índice sea ilegal, sino cómo se colocó. El IRPH es un índice complejo, cuyo cálculo incluye comisiones y gastos, y que según la propia circular del Banco de España requería aplicar un diferencial negativo para equipararlo al mercado. La mayoría de los clientes firmaron sin que se les explicara nada de eso.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado varias veces, y en diciembre de 2024 volvió a insistir en que el control de transparencia es exigible y en que el preámbulo de la circular del Banco de España es información relevante que el banco debió trasladar. Eso ha reactivado miles de reclamaciones.

Puedes reclamar si…

  • Tu hipoteca está o estuvo referenciada al IRPH — de cajas, de bancos o del conjunto de entidades.
  • La firmaste como consumidor, para tu vivienda, no como sociedad o para actividad empresarial.
  • El banco no te explicó cómo se calculaba el índice ni te mostró su evolución previa.
  • Sirve aunque hayas cancelado la hipoteca, la hayas subrogado o hayas cambiado después a Euríbor.

No podrás reclamar si…

  • La hipoteca siempre estuvo referenciada al Euríbor.
  • Se firmó en el ámbito de una actividad empresarial o profesional, donde no aplica la protección de consumidores.
  • Ya existe sentencia firme desestimatoria sobre esa misma escritura.

Estos son los supuestos que con más frecuencia dejan una reclamación sin recorrido. Que aparezcan aquí no decide tu caso: eso lo valora el abogado con tus papeles delante.

Cómo funciona

  1. Nos cuentas qué pasó

    Dos minutos y cuatro datos. No hace falta que traigas papeles todavía ni que sepas nada de leyes.

  2. Lo revisa un abogado

    Trasladamos tu caso al despacho colaborador. Un abogado lo revisa y te llama: te dice qué ve, qué se puede pedir y qué documentación hará falta, también cuando lo que ve es que no hay caso.

  3. Decides tú

    Con la valoración del abogado delante y las condiciones económicas del despacho por escrito. Llegar hasta aquí no cuesta nada y no compromete a nada.

  4. El despacho se ocupa

    Reclamación, negociación y, si hace falta, juicio, con la dirección letrada del despacho. Tú no tienes que ir a ninguna parte.

Preguntas frecuentes

Ya terminé de pagar la hipoteca. ¿Sirve?

Sí. Se reclama lo pagado de más durante los años en que se aplicó el índice, y la hipoteca cancelada no impide la acción de nulidad de la cláusula.

¿Qué se consigue exactamente?

Que se declare nula la cláusula que fija el IRPH. Cuando se declara la nulidad, la solución más frecuente ha sido sustituir el índice por el Euríbor con el diferencial pactado y devolver la diferencia de las cuotas, con intereses. No es automático: hay resoluciones que han optado por dejar el préstamo sin interés remuneratorio y otras que han desestimado la sustitución.

El notario me leyó la escritura. ¿No es suficiente?

Los tribunales vienen sosteniendo que la lectura notarial no sustituye a la información precontractual. Lo que se exige es que antes de firmar comprendieras qué índice se te aplicaba y cómo se comportaba.

¿Cuánto puede salir?

Depende del capital pendiente, del diferencial pactado y de los años que lleves pagando, y varía mucho de una hipoteca a otra. Suele ser de las reclamaciones de mayor cuantía, pero la cifra sólo sale de tus escrituras y tu cuadro de amortización.

¿Ha prescrito mi reclamación?

La nulidad de una cláusula abusiva no prescribe: se puede pedir mientras el contrato exista. Lo que sí tiene plazo es la devolución del dinero, y el TJUE ha declarado que ese plazo no puede empezar a correr antes de que pudieras conocer que la cláusula era abusiva. Es la defensa que el banco opone casi siempre, así que es de lo primero que revisa el abogado.

¿Quieres que un abogado revise tu caso de hipoteca irph?

Cuéntanos lo básico y se lo pasamos al despacho colaborador. Un abogado lo revisa y te llama.

Dos líneas bastan: qué contrataste o qué pasó, cuándo y con quién.

Gratis y sin compromiso. No cedemos tus datos con fines publicitarios.

En qué se apoya

  • · Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en contratos con consumidores, arts. 4.2 y 5.
  • · TJUE, asunto C-125/18, sentencia de 3 de marzo de 2020.
  • · TJUE, asunto C-300/23, sentencia de 12 de diciembre de 2024.
  • · Circular 5/1994 del Banco de España, preámbulo (diferencial negativo).